El día 3 de febrero se publicó en el DOGV por la Consejería de Economía la resolución por la que se efectúa la convocatoria anticipada, para el ejercicio 2019 de ayudas para apoyar la realización de inversiones sostenibles de carácter industrial que contribuyan al crecimiento y consolidación de las pymes de la Comunidad Valenciana, para mejorar la competitividad y sostenibilidad, dentro de la segunda fase de la implantación del Plan Estratégico de la Industria Valenciana, de los siguientes sectores:
Calzado,cerámico, metal-mecánico, textil, juguete, mármol, madera- mueble e iluminación, químico, automoción, plástico, envases y embalaje, productos infantiles, papel y artes gráficas, valorización de residuos y los sectores emergentes de la biotecnología, producción audiovisual y la producción devideo juegos.
Las empresas beneficiarias son las pymes industriales manufactureras, encuadradas en la sección C-Divisiones 10 a 33 del CNAE y las pymes extractivas en cuadradas en la sección B-Divisiones 5 a 9 del CNAE.
Están excluidas las empresas del sector público, las grandes empresas privadas, y las fórmulas empresariales que no tengan personalidad jurídica propia, como los empresarios individuales o autónomos o las comunidades de bienes.
Las actuaciones subvencionables son:
No se admiten las inversiones de mera reparación o mantenimiento.
Gastos Subvencionables
1) Compra de bienes materiales vinculados a la producción industrial como máquinas, aparatos, equipos, instalaciones, matrices y moldes siempre que sean activos inventariables, incluyendo vehículos de transporte interior de la empresa como carretillas, maquinas elevadoras o transportadoras, etc. Excluidos vehículos transporte exterior y equipos no vinculados directamente a producción (tabletas,ordenadores, aire acondicionado, etc.).
2) Adquisición o pago por uso de bienes inmateriales ligados a la producción como patentes, marcas, diseños industriales, software no general, desarrollo aplicaciones a medida, etc.
3) Contratación externa ingeniería industrial específica para la inversión (máx. 20.000 euros, IVA excluido o 15% del presupuesto total del proyecto inversión, IVA excluido).
4) Gastos de auditoría cuenta justificativa (máx. 600 euros, IVA excluido).
Requisitosde los proyectos
Cuantía de la ayuda: subvención del 35%, limitado por el régimen de ayudas minimis. Se pueden recibir como máximo 200.000.-€ en los últimos 3 ejercicios fiscales,incluido el actual.
Plazo: desde el 25 de enero hasta el 25 de febrero de 2019
La presentación de solicitudes se efectuará mediante el nuevo asistente de tramitación electrónica y trámite electrónico para aportaciones complementarias.